El primer capítulo del reglamento europeo de IA entra en vigor, prohibiendo el uso de esta tecnología para reconocer emociones en el trabajo y estableciendo sanciones para las empresas que la incumplan. La normativa afectará principalmente a sectores como la seguridad, recursos humanos y los deportes.
Este domingo, entró en vigor la primera fase del reglamento europeo de inteligencia artificial (IA), aprobado en agosto de 2024. Este reglamento prohíbe a las empresas utilizar dicha tecnología para reconocer emociones en los puestos de trabajo, una práctica que estará sujeta a multas de hasta 35 millones de euros o un 7% de su cifra anual de negocio.
Las prohibiciones abarcan diversas áreas, incluyendo el uso de dispositivos o aplicaciones de IA que implementen técnicas subliminales para influir en el comportamiento de las personas, se aprovechen de las vulnerabilidades de los usuarios, sirvan para categorizar individuos o para identificarlos a través de la biometría, entre otras. Si bien estas restricciones afectan a todas las empresas, su impacto será más significativo en sectores como la seguridad y analítica, recursos humanos y entidades deportivas.Por ejemplo, la ley prohíbe el uso de IA para determinar si un trabajador está motivado en el trabajo. Además, tanto los proveedores como los responsables del despliegue de sistemas de IA deben adoptar medidas para garantizar que su personal posea un nivel adecuado de alfabetización en esta materia. Los sindicatos se mantendrán vigilantes para asegurar que las empresas cumplan con esta normativa.La implementación de esta pionera normativa europea sobre la IA inicia con el Capítulo I (disposiciones generales) y el capítulo II (prácticas prohibidas), entrando en vigor hoy mismo. El resto de preceptos se aplicarán gradualmente en varias fases hasta el 2 de febrero de 2027, cuando el reglamento estará en plena vigencia. En poco más de dos años, cualquier tipo de IA utilizada en el ámbito laboral deberá cumplir con criterios de explicabilidad, transparencia, control humano y superación de auditorías de riesgos y calidad.En caso de incumplimiento de la prohibición de prácticas de IA, se aplicarán multas administrativas de hasta 35 millones de euros o, para las empresas, hasta el 7% de su volumen de negocios mundial total correspondiente al ejercicio financiero anterior, si esta cantidad fuera superior. La Agencia Española de Supervisión de la IA (Aesia) será la entidad encargada de recaudar las multas.A pesar de la entrada en vigor de esta ley, aún no existen cifras concretas del impacto en las empresas, ya que la mayoría se niegan a proporcionar datos específicos sobre el tipo de herramienta de IA que utilizan en sus centros de trabajo. Además, el uso de IA no está ampliamente extendido, considerando que el número de pymes que la utilizan no llega al 3% y el 12% en el caso de las grandes empresas. Muchas de estas prohibiciones de la ley se complementan con los recientes dictámenes de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), que, por ejemplo, prohíbe utilizar la huella dactilar u otro dato biométrico como método para registrar la jornada laboral
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