Llarena y la Fiscalía neutralizan la reforma del Gobierno sobre la malversación del 1-O Informan albert_poux urisole y herrera_elena
El Tribunal Supremo ha retrocedido hasta 2017 y vuelve a tener encima de la mesa el debate sobre qué delitos se cometieron durante el procés independentista catalán. Descartadas por sentencia la rebelión y por reforma legal la sedición, la lupa de la Sala de lo Penal está ahora en si puede condenarse al expresident Carles Puigdemont por malversación, desórdenes públicos o desobediencia.
Los líderes políticos catalanes fueron condenados en 2019 por un delito de sedición en concurso con otro de malversación y la pena más alta, de 13 años de prisión e inhabilitación, fue para Junqueras. El nuevo Código Penal elimina la sedición, con condenas altas de prisión, por una versión agravada de los desórdenes públicos.
El resultado es que, con esta consideración encima de la mesa, los cabecillas del procés que todavía quedan por juzgar siguen enfrentándose a condenas altas de cárcel e inhabilitación. También los que pretenden revisar sus condenas después de ser indultados. La modalidad más dura de la malversación no ha cambiado con la reciente reforma y está penada con hasta 12 años de cárcel cuando la cuantía malversada supera los 250.
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