La Justicia confirma una sanción al policía Perdiguero por uno de sus bulos sobre la pandemia

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La Justicia confirma una sanción al policía Perdiguero por uno de sus bulos sobre la pandemia
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El Tribunal Superior de Madrid le impone dos meses de suspensión al policía nacional Perdiguero, candidato de Vox en 2019, por asegurar en televisión que en una manifestación la Policía tenía orden de multar a quien llevara banderas de España

, las redes sociales y el WhatsApp se llenaron de audios de ciudadanos que, supuestamente, habían sido multados por llevar la bandera de España, un hecho que no supone ni ha supuesto nunca una infracción administrativa susceptible de multa. A lo largo de la tramitación de este expediente, según refleja la Justicia, Perdiguero reconoció que había dado por buena una orden de servicio de la Delegación de Gobierno que, dijo,"no conocía".

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid, según ha sabido elDiario.es, acaba de confirmar la sanción de 60 días de suspensión por estas declaraciones al constituir una falta grave de por"infracción de deberes y obligaciones legales inherentes al cargo o a la función policial, cuando se produzca de forma grave y manifiesta".

El subinspector alegaba, entre otras cosas, que apareció en la televisión autonómica andaluza"como ciudadano y como representante sindical" y que por tanto esta sanción vulneraba su libertad de expresión. También que se habían producido irregularidades en los plazos de tramitación del expediente y que se habían rechazado varias pruebas que había solicitado para defenderse durante la instrucción de su proceso sancionador.

Los jueces rechazan, en primer lugar, que interviniese como portavoz de un sindicato o para hablar de algo que tiene que ver con las condiciones laborales de los agentes."No interviene en condición de representante sindical, no habla en nombre de su Sindicato, cuyo nombre no se menciona. En la pantalla aparece identificado como Subinspector de la Policía Nacional", destaca la sentencia.

La libertad de expresión de un policía en activo, recuerda el TSJM, no es la misma que la de cualquier otro ciudadano."Los límites impuestos a los funcionarios públicos derivan de su sujeción a los principios de neutralidad e imparcialidad, y del amparo de otros intereses constitucionalmente protegidos como la salvaguarda del ordeno seguridad públicos", dicen los jueces.

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