Cuando incumplimos nuestras obligaciones con el fisco, la Agencia Tributaria puede llegar hasta el punto de embargar nuestros bienes para que esta deuda quede saldada.
¿Cuánto nos pueden embargar? Un reportaje del portal
da respuesta a esta pregunta. Este medio cita el artículo 607 LEC, que dice que no solo son embargables, sino también las pensiones y prestaciones cuando existan irregularidades. En la actualidad, no hay una cantidad máxima como tal que Hacienda pueda embargar. Es decir, que puede llegar a embargar todo el dinero que la persona tenga ahorrado cuando tenga deudas.Son inembargables el salario, las pensiones y las prestaciones cuando no se excusa de la cuantía señalada para eles decir, todo el dinero que no exceda de los 1.000 euros mensuales.Desde el SMI hasta el doble de este: el 30% de embargo.