El Supremo rechaza el recurso de Junqueras y ratifica su inhabilitación hasta 2031
ya descarto sus primeras alegaciones en febrero. En las mismas afirmaban que las medidas del 'procés' debían ser modificadas tras la reforma legal que derogó el delito de sedición y malversación, por el que teníanel incidente de nulidad
contra el auto dictado por la sala en el que se mantenían sus condenas. Alegaban vulneraciones de los derechos fundamentales a la defensa, a un proceso con todas las garantías y a la legalidad penal, así como de los principios acusatorio y de proporcionalidad penal.dejar sin efecto la cosa juzgada cuando ya hay una sentencia firme
. Se presenta ante vulneraciones de los derechos fundamentales y cuando no ha podido denunciarse antes de que una resolución ponga fin al proceso.El TS afirma que no es posible aplicar la malversación atenuada porque"ninguno de los acusados en esta causa lo fue, como se insiste, por comprometer partidas de gasto para la satisfacción de intereses colectivos ni, menos aún, para financiar una actividad enmarcada en el ejercicio del derecho fundamental".
"Al contrario, esta Sala consideró acreditado que el caudal de dinero público puesto al servicio de la financiación del referéndum ilegal encerraba un ejemplo paradigmático del desvío de fondos presupuestarios para el"la vulneración alguna de los derechos fundamentales denunciados"en su ejercicio respecto a aquellos que tengan la intención de ocupar cargos públicos para impulsar acciones o movimientos de protesta enmarcados en el...
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